lunes, 30 de junio de 2014

El cementerio de las redes sociales.

Este año ha sido el último que he cursado de mi carrera (un Grado en Derecho). Para finalizarlo, hay que realizar lo que se llama "Trabajo Fin de Grado". Hay muchísimas más cosas que se esconden tras esas simples palabras: investigación, leer (mucho de hecho), madrugar (o no dormir casi, como era mi caso) y saber trabajar a contra reloj cuando te topas con algún que otro inconveniente (como es el caso que casi finalizado el susodicho trabajo te saquen desde Europa una sentencia sobre tu tema y tengas que modificar casi todo).

Dejando de lado aquellos aspectos más "técnicos" que he analizado y estudiado en dicho trabajo, hay un epígrafe dentro del mismo que fue de invención e investigación completamente propia. No es que el resto no lo sea, que también, sino que éste fue un epígrafe con un tema del que siempre me habría encantado hablar, y tuve mi rinconcito ahí para poder hacerlo. No es otro que El cementerio de las redes sociales. Obviamente no voy a decir aquí todo lo que allí expuse, pero sí las ideas más fundamentales. Porque sí. Porque me apetece. (Y porque tengo que escribir en este blog una vez cada mes).

Como está muy de moda, no hay persona en este mundo que no tenga como mínimo un perfil abierto en alguna red social. Famosas redes sociales como Facebook, Twitter o YouTube. Redes donde se comparten constantemente una ingente cantidad de información personal que a veces no se llega a controlar debidamente y “se nos va de las manos”. Esta información personal cubre distintos ámbitos de nuestra vida: desde la facilitación a la red social de nuestro nombre y apellidos, así como fecha de nacimiento, para la creación del perfil; fotografías de nuestra vida cotidiana; o información de qué estamos haciendo en qué momento del día o incluso exponer un auténtico diario de lo que hacemos o dejamos de hacer.

En resumen, se puede decir que en muchísimas ocasiones se lleva una doble vida: una de cara al mundo de Internet y la otra en el mundo real. Esto es un problema cuando no se sabe diferenciar entre un mundo y otro. Pues en el segundo, si cometes un error fácilmente es olvidado. Pero si este error se comete en este primer mundo, en mundo del ciberespacio, será un error que quede reflejado eternamente en la red.

Esto no es un problema baladí, y muchos autores se han hecho eco de ello. Se habla de la aparición de un problema concreto en el entorno de estas redes sociales. Ciertas redes se han mostrado bastante reticentes a eliminar datos después de que el titular que los puso en su perfil decidiera darse de baja en la misma.

Normalmente, la red social cumple con la decisión de no publicar más los datos. Pero ésta lleva una operación, más que de eliminación de inaccesibilidad para el resto de usuarios. Y esto, por mucho que se quiera, no es lo que pretende una persona que se da de baja en este servicio.

Yo pienso, y me parece la solución más lógica y obvia, que si, por ejemplo, yo publico algo en Internet, debo tener el mismo derecho a publicarlo como a eliminarlo. A fin de cuentas, las personas cambian, evolucionan… maduran en definitiva. Y si publicamos una información determinada (ya sea texto, ya sea imagen, ya sea vídeo) si luego cambiamos de idea sobre ello, debemos poder rectificar.

Pero, ¿qué ocurre cuando el usuario de una determinada red social ha fallecido? Los familiares (o herederos) serían los que tratarían de controlar su memoria digital, siempre y cuando éstos estén en conocimiento de que su familiar poseía esas redes sociales en concreto. No habría más impedimento técnico que acceder a las mismas y darlo de baja.

A decir verdad, esto es un problema que está ahí y que es cada vez más común, por lo que ya las redes sociales van teniendo una serie de protocolos de actuación en estos casos. No obstante esto, y ante las dificultades que pudieran existir, como el desconocimiento a priori por parte de los familiares de la tenencia de un perfil su familiar fallecido en una red social, o el desconocimiento de la contraseña o clave de acceso a la misma, lo único que quedaría sería el emprendimiento de acciones legales en aras de la protección de la memoria digital del fallecido y, en definitiva, el ejercicio del derecho al olvido post mortem por sus familiares.